Las gafas de sol están clasificadas como EPI de categoría I, según el Real Decreto 1407/1992. Este Real Decreto es la transposición al derecho español de la Directiva 89/686/CEE, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual (EPI). Además, esta directiva establece las exigencias esenciales de sanidad y seguridad (EESS) que los EPIs deben cumplir, con el objetivo de preservar la salud y garantizar la seguridad de los usuarios.
Así, la CNMP-Gafas de sol. Requisitos de comercialización– del Centro Nacional de Medios de Protección, señala que los fabricantes de gafas de sol deben garantiza que el equipo es seguro y, además, han de disponer de la adecuada evidencia.
En el caso de las gafas de sol, según indica la citada CNMP, han de cumplir con la norma ISO 12312-1, que regula los criterios de calidad que este tipo de lentes deben cumplir respecto a absorción/transmisión lumínica, seguridad y reconocimiento de señalización.
Eyco ha llevado a cabo una serie de ensayos completos según la norma ISO 12312 en gafas de sol polarizadas o fotocrómicas y en filtros para gafas de sol.